En el día de la fecha accedimos a la resolución de Superintendencia dictada en el mes de mayo del año 2019 por la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca en el expediente de Superintendencia Nº 49/2015, correspondiente al sumario administrativo caratulado “Irregularidades reorganización del Juzgado Federal Nº 1 de la sede”.
De los términos de la resolución surge que durante la gestión del doctor RAMOS PADILLA se desempeñó en el Juzgado Federal que subrogaba, personal no designado en el Poder Judicial de la Nación llevaba a cabo tareas de colaboración en la realización y control de actos jurisdiccionales.
Al ser requerido por la autoriddad de superintendencia para rendir explicaciones sobre la presencia de personal ajeno al Poder Judicial, el doctor RAMOS PADILLA nunca contestó los requerimientos cursados e incluso cuestionó frente a la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Nación que se le hubieran cursado tales requerimientos. El juez RAMOS PADILLA intentó una solución política a una estricta cuestión reglamentaria.
La conducta previa verificada por el candidato RAMOS PADILLA permite augurar que si es designado en el juzgado para el que se lo propone, cuando deba resolver sobre el reconocimiento de un partido político, la oficialización de una lista u otro trámite electoral, no dudará en contar con la colaboración de personas ajenas a la Secretaría Electoral y al Poder Judicial de la Nación, a la sazón, seguramente recurrirá a algún “experto” “con experiencia” en cuestiones electorales, quizás, algún militante político afín a su ideología partidaria.